Las Escrituras Públicas

Las Escrituras Públicas

Son documentos que recogen contratos y actos jurídicos, otorgados por una o varias personas, que contienen las declaraciones de voluntad de los otorgantes. En este ámbito, el notario puede autorizar escrituras relativas a las siguientes materias:

 

Personas

Emancipación de hijos, reconocimiento de hijos, designación de tutor o curador, constitución de medidas de apoyo, poderes preventivos, voluntades anticipadas, constitución y modificación de patrimonios protegidos y aportaciones al mismo, etc.

Poderes o representación

Poderes generales o especiales, poderes para pleitos, poderes electorales, revocación de poderes, autorizaciones, etc.

Propiedad

Compraventa, donación, permuta, extinción de comunidad, cesión de bienes en pago de deudas, cesión de bienes a cambio de alimentos, etc.

Registral

Declaraciones de obra nueva, constitución de propiedad horizontal, división, segregación, agregación o agrupación de fincas, etc.

Derechos reales

Servidumbres, usufructos, derechos de uso o habitación, arrendamientos, derechos de superficie y vuelo, etc.

Créditos y garantías

Préstamos y créditos personales o hipotecarios, prendas, afianzamientos, cancelación de hipotecas, condiciones resolutorias, etc.

Relaciones familiares

Matrimonio, separación, divorcio, capitulaciones matrimoniales, liquidación de gananciales, uniones de hecho.

Sucesiones

Testamentos, aceptación y renuncia de herencias, entregas de legados, particiones de herencia, etc

Entidades

Constitución, transformación, disolución y liquidación de sociedades civiles y mercantiles, asociaciones, fundaciones, cooperativas, uniones temporales de empresa, agrupaciones de interés urbanístico, fondos de inversión, nombramientos y ceses de cargos, modificaciones estatutarias, modificaciones estructurales, y la transmisión de cuotas, participaciones o acciones, entre otros actos.

Escrito por

Equipo Notarial